domingo, 2 de enero de 2011

La casa de Borbón en España

LA CASA DE BORBÓN

Decretos de Nueva Planta:
Son un conjunto de reformas hechas entre 1707 y 1716. América pasa a ser la joya de la corona española tras perder los territorios europeos.
Responden al deseo de la nueva dinastía de implantar la centralización y la uniformidad administrativa. Dichas reformas son mucho más severas en los territorios desafectados a la causa borbónica y partidarios del archiduque Carlos.
No es algo exclusivo de nuestro país, sino el resultado de creciente fortalecimiento del poder real en toda Europa.
En el proyecto del archiduque Carlos incluía:
· Dan como resultado una nueva estructura política
· Se produce el paso de una estructura confederativa de pueblos autónomos a una estructura unitaria
· Con los Decretos de la Nueva Planta se suprimen los privilegios de los reinos integrados en la unidad española para dar paso a una estructura común centralizada
· Se busca la unidad

29 de Junio de 1707 (Reino de Valencia):
Es el más castigado
Se prohíbe el valenciano como lengua


29 de Junio de 1707 (Reino de Aragón): Se aplica a la vez que el de Valencia
Menos traumático
Queda abolido el sistema legislativo e institucional


28 de Noviembre de 1715 (Islas Baleares):
Algo más complaciente y fruto de una actitud más negociadora


9 de Octubre de 1715 (Solo a Cataluña):
Se abolía la generalidad de Cataluña, las Cortes y el Consejo de Ciento
Desaparece el Virrey. Nace el cargo de Capitán General
Cataluña se divide en doce corregimientos (antesala de las provincias, luego comunidades autónomas) al igual que en Castilla
Cambia el sistema fiscal en el reino de Aragón
El idioma oficial era el castellano
Se cerraron las universidades catalanas que apoyaron al archiduque Carlos trasladándose a Cervera (Lérida) que se mantuvo fiel a Felipe V.
Se estableció el catrasto gravando propiedades urbanas y los beneficios del trabajo.
Los navarros fueron partidarios de de Felipe V.
Se mantuvieron sus fueros por decisión del monarca

PAIS VASCO
- Sistema foral sobrevive durante todo el siglo XVIII-Improvisación-Mucha indefinición-Falta de instrumentación-Preeminencia de los militares (creación del Capitán general). Extensión de las Audiencias: el Real Acuerdo-Supresión de Virreyes excepto Navarra-Capitán general: autoridad reconocida e indiscutida; encarnaban el poder y pertenecían a los linajes aristocráticos-Régimen fiscal novedoso aplicado en 1716 por los intendentes-Centralización, Castellanización y Homogeneización con límites del espacio español-Se traslada a Hispanoamérica.

Administración central
.En la Administración del Estado:
Mayor centralización
Mayor poder del Monarca
Mejor eficacia en la maquinaria burocrática
Supresión de Cortes en Aragón.
Única función jurar al heredero y presentar peticiones en función del interés del rey
Reducción del peso político de los Consejos-Desaparecen los de Italia, Aragón y Flandes -Se mantienen los de Estado, Castilla, Indias, Guerra y Hacienda, al igual que Inquisición, Órdenes Militares y Santa Cruzada
Creación de las Secretarías de Despacho, precedentes de los actuales ministerios
Órganos unipersonales con plenitud de competencias


Futuros Ministerios:
-1704: Secretaría de Guerra y Hacienda y de Otros Asuntos
-1714: 3+2 secretarías (Estado, Guerra, Hacienda, Gracia y justicia, Marina e indias)
-Sin cambios (sólo Marina se separa de Indias) durante todo el siglo XVIII
-Un secretario al frente de cada Secretaría, con contacto permanente con el rey
-Convivencia difícil de 2 tipos de instituciones: Colegiada y UnipersonalEn 1787 se crea la Junta de Estado (Consejo de Ministros)


-Desde 1720: exigencia de calificación técnica del personal de las secretarías cuyas plazas se hacen fijas y permanentes para evitar abusivas.



FELIPE V




-Felipe V establece los escalafones (jerarquías) y plantillas de funcionarios.
-Los titulares de las secretarías son elegidos por los monarcas entre personas capacitadas para tal función.
-Modificación de la ley tradicional de sucesión a la Corona Sistema tradicional: código de las 7 partidas (Alfonso X el sabio)
Auto acordado de 1713 (ley sálica). Felipe V
Pragmática Sanción (1789). Carlos IV
(1830). Fernando VII

CORTE --> INTENDENTES: Felipe V quería coordinar el ejército con éstos. --> CORREGIDORES

Red de tribunales de justicia y audienciasSalvo Navarra y País Vasco, el resto de país tiene un alto grado de uniformidad
Extensión de los intendentes: Funciones de política, justicia interior, hacienda, abasto y pago del ejército


CARLOS III
-Reforzó la autoridad de los corregidores

CARLOS III

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